Mérida, Yucatán, a Jueves 24 de Septiembre de 2026 | --:--:--
24-09-2026.- El día de ayer asesores jurídicos de Jervis García Vázquez promovieron la postergación de la primera audiencia laboral con Graciella Miranda.
A pesar de este recurso, finalmente fue reprogramada la primera audiencia el 18 de noviembre del año en curso a las 10.30 horas.
La promovente del juicio Graciella del Jesús Rosado Miranda amplió su denuncia contra Jervis Arsenio Vázquez donde señala entre otras cosas que reclama el agravio que el Tribunal le haya expedido la TOMA DE NOTA, SIN ANTES RESOLVER EL RECURSO DE NULIDAD DE ELECCIONES DE SECRETARIO GENERAL DEL STSPEIDY EN CUESTIÓN.
Donde se pasó por alto que la elección fue antidemocrática, sin transparencia, coacción a los sindicalizados, y la perpetuación en el cargo de secretario general, Jervis Arsenio Vázquez García desde el 2005, y ahora la conclusión de su nueva elección que ocurrió en este 2026 hasta el 2029.
Es decir, una dictadura perfecta, y al no aplicar el principio de exhaustividad, que es un postulado jurídico que obliga a los juzgadores a estudiar y pronunciarse sobre todos y cada uno de los argumentos, pretensiones y pruebas vertidas por las partes en un litigio.
Garantiza una impartición de justicia completo y evita omisiones y congruencia; y este H. Tribunal, resolvió expedir la toma de nota al susodicho.
García Vázquez inaplicando el principio de exhaustividad, en tales circunstancias procede y así lo pido la nulidad de las elecciones de secretario general del Sindicato de fecha 30 del mes de enero del año de 2026.
El principio de celeridad laboral exige que los juicios y trámites se resuelvan en el menor tiempo posible.
El principio de celeridad exige que los procesos judiciales y administrativos se resuelvan en el menor tiempo posible.
Este principio es un pilar fundamental del debido proceso que busca evitar que una justica tardía se convierta en una injusticia, como está sucediendo en el presente caso.
ME CAUSA AGRAVIO: la actuación de la Comisión de elecciones del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo e Instituciones Descentralizadas de Yucatán, violó los principios democráticos en las elecciones del 30 de enero de 2026, lo dispuesto por el artículo 378 de la Ley Federal del Trabajo, como hacer constar o utilizar constancias falsas donde se señalan la realización de votaciones de los trabajadores de forma transparente, y además obstaculizó la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales, cometió actos de extorsión, ejerció actos de violencia sindical.
Faltó a la equidad y el derecho absoluto del trabajador a elegir a sus dirigentes sin coacciones.
Y además el voto no fue secreto.
Explicó que el proceso será largo, pero finalmente la ley deberá estar a su favor y acabar de tajo un mal liderazgo sindical que no ha beneficiado en nada a lo largo de más de 20 años a la base trabajadora sindicalizada del gobierno del estado.
En este sentido, es importante señalar la enorme valentía, tenacidad y fortaleza sindical para luchar contra un ente sindical que se ha perpetuado durante más de dos décadas sin permitir la elección libre y transparente, donde a lo largo de los años, tanto hombres como mujeres con diferentes argucias legaloides no se les ha permitido su registro.
Añadiendo Graciella Miranda que la lucha está por iniciar, la batalla por la certeza sindical será dura y sin contemplaciones y que sirva de ejemplo para sus socios y compañeros de trabajo, tanto activos como jubilados y pensionados.
Por EL PRINCIPAL