Mérida, Yucatán, a Viernes 21 de Febrero de 2025
19-02-2025.- Roger Torres Peniche.
Durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado de Yucatán, el Diputado panista Roger José Torres Peniche, presentó una iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar diversos artículos de la Ley del Escudo, la Bandera y el Himno del Estado de Yucatán; con esta propuesta, se busca reforzar el uso adecuado y el respeto por los símbolos patrios estatales, garantizando su correcta presencia en actos cívicos, culturales y oficiales.
En el marco del Día de la Bandera, Torres Peniche destacó que la presentación de esta iniciativa cobra especial relevancia al acercarse la conmemoración del 16 de marzo “Día de la bandera Yucateca”, con estas reformas, se pretende reforzar su significado y asegurar su respeto así como su adecuada difusión en la sociedad.
La iniciativa tiene como propósito establecer un marco normativo claro que garantice la adecuada exhibición y respeto por la bandera, el escudo y el himno estatal, promoviendo su uso responsable en el ámbito gubernamental, educativo, social y excluirlo de los intereses político partidistas.
“Los símbolos de Yucatán representan nuestra identidad, historia y orgullo como Estado. Es fundamental asegurar su protección y uso apropiado en cada momento”, señaló Roger Torres.
Puntos clave de la reforma adicionando:
En el Artículo 5. La autoridad deberá difundir los símbolos estatales, establecerán campañas de difusión en medios de comunicación y espacios públicos, implementar y garantizar la enseñanza del significado histórico y cultural del escudo, la bandera y el himno en los niveles de educación básica y media superior e incluir contenidos sobre los símbolos estatales en programas de historia y civismo, fomentando el respeto y orgullo por la identidad yucateca.
En el Artículo 10. La bandera será utilizada en edificios gubernamentales, plazas cívicas e instituciones educativas, siempre y cuando esté presente la bandera nacional.
Los particulares podrán usar la bandera, para promover la comercialización o venta de bienes o servicios, siempre y cuando cuenten con la aprobación de la Secretaría de Educación, asegurando que no se utilice de manera que distorsione o banalice su significado.
Queda estrictamente prohibido su uso con fines políticos y partidistas.
En el Artículo 13. La bandera podrá ser izada en eventos oficiales, deportivos, festivales culturales, artísticos y gastronómicos como parte de la promoción de la identidad del estado.
Los particulares podrán difundir la imagen de la bandera en medios digitales y redes sociales, siempre que se utilice de manera respetuosa y sin alteraciones a su diseño original.
Para su uso en redes sociales y medios digitales con fines comerciales requerirá autorización expresa de la Secretaría, según lo establecido en el Reglamento de esta Ley.
En el Artículo 15. El 16 de marzo se establece solemnemente como día de los símbolos estatales, el escudo, la bandera y el himno del estado de Yucatán.
En el Artículo 20. Podrá ejecutarse el himno en versiones adaptadas en lengua originaria maya, fomentando la inclusión cultural, estas deberán ser aprobadas por la Secretaría.
En el Artículo 23. Las siguientes conductas, en actos públicos presenciales o digitales, constituyen infracciones a esta ley:
La modificación, alteración o uso indebido del escudo, la bandera o el himno del Estado de Yucatán. La reproducción parcial o distorsionada de los símbolos estatales con fines comerciales o de mercadotecnia, sin autorización previa. Destruir o dañar cualquier imagen o reproducción de los símbolos estatales.Utilizar cualquiera de los símbolos estatales con fines de carácter político partidista.
El Diputado enfatizó que esta reforma es un paso importante para reforzar la identidad y el sentido de pertenencia de los yucatecos. "Debemos cuidar nuestros símbolos y asegurarnos de que las nuevas generaciones crezcan con el respeto y la conciencia de su importancia".