En audiencia, tras realizar la valoración de los documentos de prueba reunidos por la Fiscalía General del Estado (FGE), la Juez de Control dictó el fallo condenatorio fijando la sentencia antes mencionada.
Además, se le condenó al pago de la reparación del daño, una amonestación, 3,600 días de multa y la suspensión de sus derechos políticos; asimismo, se le prohíbe acercarse a la víctima directa de manera definitiva y permanente.
Bajo la causa penal 57/2024, se establece que el acusado utilizó amenazas contra la víctima menor de edad para lograr imponerle la cópula al interior de un predio ubicado en la colonia Santa Bárbara de Umán.