Durante la etapa inicial, los fiscales de litigación establecieron que el día de los hechos, el encausado le impuso la cópula a la menor, después de haberla inducido a consumir cocaína y alcohol, por lo que no pudo oponer resistencia, motivo por el cual se presentó la formal denuncia que derivó en la causa penal 181/2021, que fue desahogada en el Juzgado Segundo de Control del Primer Distrito Judicial.
En la audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, los fiscales de litigación expusieron los datos contenidos en la carpeta de investigación, mismos que fueron valorados por el Juez de Control, quien decretó el citado auto de vinculación a proceso y otorgó además un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria, tiempo durante el cual se continuará con la indagatoria del caso.
Finalmente, se ratificó la medida cautelar de prisión preventiva, la cual se mantendrá vigente por todo el tiempo que dure el proceso, por lo que el encausado permanecerá privado de su libertad hasta resolver su participación en los hechos denunciados.